El
principio de utilidad y sus límites
Una
ética que contribuyo a este último propósito fue la utilitarista, fundada por
Bentham. El utilitarismo representa una concepción ética auténticamente
moderna para fundamentar racionalmente
normas desde un principio ético universal y pragmático de la acción, el principio utilitarista.
Algunos
años antes de la obra de Bentham, Kant fundo un potente y radical enfoque de
ética racional moderna en la
Fundamentación de la metafísica de las costumbres, y
en la Critica de
la razón práctica, que sin embargo, no parece haber influido apenas sobre
las ciencias económicas. En cambio, el programa utilitarista de Bentham, ha
inspirado grandes partes de la economía nacional (especialmente la teoría
neoclásica de la utilidad marginal y la economía del bienestar) la razón
profunda del éxito del utilitarismo y la falta de relevancia de Kant en
economía puede encontrarse en la diferencia fundamental entre sus respectivos
conceptos de la racionalidad práctica. El
principio moral utilitarista parece formular las exigencias éticas de la
racionalidad económica; exige que tengamos en cuenta si las consecuencias
de la acción son buenas, en el sentido de provechosas (útiles) para satisfacer
las necesidades humanas mediante un cálculo hedonista, de tal modo que
contribuyan a “la mayor felicidad del mayor número).
El
“principio de utilidad” pretende lograr una conexión de racionalidad, hedonismo
y universalidad, que caracteriza al utilitarismo moderno (a diferencia del
antiguo que era individualista y egoísta). Pero su presunto universalismo es más
bien una mera defensa de la mayoría como criterio moral, a diferencia de Kant,
que se rige por un principio estricto y radical de universalización. Y, por
otra parte, el hedonismo utilitarista entra en colisión con la exigencia
Kantiana de llegar a discernir lo que significa una buena voluntad. Sin esta y
sin un autentico universalismo la racionalidad ética utilitarista queda muy
mermada a la hora de llevar a cabo su proyecto de reformar la sociedad con el
fin de armonizar racionalmente los diversos intereses y lograr un orden social
que favorezca la felicidad de todos.
El
utilitarismo ha gozado de gran audiencia en el campo de la ética normativa. Se
confiaba en su concepción de la racionalidad
como eficiencia para evaluar
moralmente las consecuencias,
maximizando el bien y minimizando el mal conforme a dos criterios: el bienestar
y la suma de utilidades individuales. Los problemas del utilitarismo son muy
graves, tanto en el modelo cardinalista (suma de utilidades individuales como
medida del bienestar social) como en el ordinalista (“optimalidad de Pareto”),
ya que los criterios de la tradición utilitarista empleados en la economía del
bienestar son compatibles con situaciones de enorme desigualdad y, por tanto,
insensibles a la injusticia, así como a la posible marginación de minorías en
beneficio del bienestar de la mayoría.
El
interés general: la elección social
La
teoría de la elección social pertenece a la tradición
utilitarista, pero más al utilitarismo de los economistas. Se trata de lo que los economistas piensan sobre las
cuestiones de la justicia económica y de la búsqueda de un fundamento para la
decisión justa entre distribuciones alternativas contando con el instrumental
analítico procedente de la economía.
En
el marco de la teoría de la elección social se han desarrollado concepciones de
“justicia económica” preocupadas por alcanzar un nivel ético- normativo
operativo en la toma de decisiones. Se creía que a través de la teoría de la
elección social sería posible aclarar el problema de una racionalidad moral de las elecciones colectivas y asimismo explorar
las condiciones de posibilidad de la justicia
social y de la racionalidad moral
para los fines sociales.
El
objeto de la justicia económica es la distribución, no solo del dinero, sino de
los beneficios y cargas que genera la renta global de una comunidad; es decir,
la justicia económica tiene que ver con
la distribución social del bienestar
que produce la renta comunitaria; entendiendo por bienestar el beneficio que
produce una renta dada, si satisface una preferencia. Dejando de lado el afán
por encontrar y enfrentar criterios de la justicia distributiva (que solo valen
normalmente para un área social determinada), lo importante aquí es averiguar
las características que permiten considerar un criterio como fundamento
adecuado de justicia distributiva; es decir, la cuestión de la fundamentación
en justicia económica, que surge al preguntarnos acerca de cómo se logra una
decisión “socialmente valida”.
La
inadecuación del mercado para determinadas situaciones de elección condujo a la
intervención masiva de los gobiernos en las economías. La ordenación estatal de
la economía plantea ya los problemas de elección social y la necesidad de
definir, una preferencia social. Pero lo que distingue a la teoría de la
elección social es su compromiso con los procesos de decisión política. Porque
la producción y distribución de bienes, como la atención sanitaria, la
educación, defensa, etc. Ya no puede dejarse a la competencia, sino que se
transfieren a la esfera política. La cuestión decisiva con la que nace la
teoría de la elección social es la siguiente: ¿Cómo saber lo que la sociedad
quiere?
Más
allá de la versión positivista de la teoría de la elección centrada en el
proceso fáctico por el que se producen las decisiones según el modelo del
mercado, aunque ahora sea para bienes públicos, existe otra tendencia que se pregunta
cómo debe elegirse, es decir, se pregunta por el nivel ético- normativo de la
elección social. Desde este enfoque normativo se intenta definir un interés
general y un fin social. Dicha idealidad estaría formada por los valores y
fines de la sociedad, capaces de constituir una racionalidad moral de la decisión. En este enfoque normativo de
elección social se pretende indicas las condiciones que deberían regir los
procesos de decisión en nuestras sociedades, las garantías racionales y morales en los procesos de decisión social.
La
justicia como equidad
La
aparición en 1971 de la Teoría de la justicia de Rawls derrumbó la hegemonía del paradigma
utilitarista, ya que Rawls se sitúa en la tradición
contractualista y kantiana. Su concepción de la justicia como
imparcialidad, en tanto que “primera virtud de las instituciones sociales”,
concierne a las diversas actividades sociales del hombre, incluida la
económica: “los principios de la justicia pueden servir como parte de una
doctrina de Eunomía política”. Intenta mostrar como sus dos principios de la
justicia “surten efecto como una concepción de economía política”, para superar
la noción utilitarista de “bienestar” y la teoría de la “elección social”; ya
que una doctrina de economía política debe incluir una interpretación del bien público
basada en una concepción de la justicia.
El
centro de atención de Rawls es la justicia
distributiva: se trata de saber cómo se distribuyen los derechos y deberes
en las instituciones sociales, y de qué modo pueden conseguirse las máximas
ventajas para la cooperación social. Desde la perspectiva de una denominada
“posición original”, puede asegurarse que los acuerdos básicos a que se llega
en un contrato social son justos en el sentido de la equidad. En dicha
“posición original” se adoptarían dos principios fundamentales:
1) Asegurar para cada persona en una
sociedad derechos iguales en una libertad compatible con la libertad de otros.
2) Debe haber una distribución de
bienes económicos y sociales tal que toda desigualdad debe resultar ventajosa
para cada uno, pudiendo, además acceder sin trabas a cualquier posición o
cargo.
Estos
principios son una aplicación de una concepción más general de la justicia de
Rawls enuncia así: “Todos los valores sociales (libertad u oportunidad, ingresos
y riqueza, así como las bases sociales del respeto a sí mismo) deben
distribuirse igualitariamente a menos que una distribución desigual de alguno o
de todos estos valores sea ventajosa para todos”.
De
especial interés, es el segundo principio, por el que las desigualdades
económicas y sociales deben estar dispuestas de tal modo que beneficien a los
menos aventajados, respetando las libertades básicas y la igualdad de
oportunidades. Estamos ante una ética de la justicia económica, que incorpora
el enfoque Kantiano. Es una novedad que no debe pasar desapercibida, ya que
Kant había quedado relegado en la esfera económica: con Rawls se ha dado un
gran paso hacia una ética económica de
inspiración kantiana.
Las
reglas de un contrato constitucional
El
enfoque contractualista, fecundado en la teoría rawlsiana, conoce otra versión
de la mano de James m. Buchanan: sus análisis de la elección pública, más allá
también del utilitarismo, proponen un modelo constitucional para fundamentar
normativamente la organización social y acción social.
Aunque
no siempre se haya explicitado convenientemente, al modelo de la teoría de la
elección publica subyace una ética; hay una razón moral de las normas y una
forma peculiar de entender la justicia
económica (distributiva). De ahí su propósito de elevar la determinación de la
política de redistribución o de transferencia presupuestarias a un nivel
distinto de decisión del de las mayorías y convertirlas en materia del nivel
constitucional, a fin de superar así algunos fallos de la regla de la mayoría,
convertida en mayoría sin reglas.
El
papel de las normas en este enfoque intenta rebasar el postulado del “interés
propio” mediante la recuperación de alguna versión del “interés general” o del
“interés público” como encarnación de una norma moral compartida. Es decir, las
personas tienen que asignar un cierto valor privado positivo al “bien público”.
Además ese “bien público” (que es valorado privadamente) tiene que ser un
estado de cosas definido por la interacción de individuos que eligen con
libertad. Todo ello les resulta muy difícil de comprender especialmente a los
economistas; ya que requiere la creación de un clima que favorezca la
construcción de un puente entre el interés privado identificable a corto plazo
y el “interés público”. Tal vez por eso, para su propugnada revolución
constitucional del orden económico- social, Brennan y Buchanan apelan a una
“religión cívica”.
Sería
más adecuado profundizar en la ética del
orden constitucional en que convergen las instituciones económicas y
políticas que encarnan los procesos modernos de racionalización social,
incluida la empresa (privada y pública). En este sentido el contractualismo
constitucional del propio Buchanan parece haberse desarrollado en dirección
hacia un peculiar procedimentalismo ético (basado en la legitimidad de las
reglas y los procesos de toma de decisiones), que también serian aplicables al
orden de una constitución empresarial.
La
coordinación del mercado
Esta
ética del capitalismo (como la llama Koslowski) quiere encontrar una vía
intermedia entre la apología acrítica y el moralismo, entre la aceptación de lo
existente y las abstractas exigencias del deber, ya que en la cuestión de la moralidad del capitalismo considera
imprescindible recordar un principio de la teoría moral y del derecho natural;
la moralidad del capitalismo solo puede ser justificada a partir de la
naturaleza de la cosa, es decir, de la función de la economía y de las
posibilidades de autorrealización humana en ella.
Además,
la historia ha mostrado que si el modelo capitalista se completa con una ética
social, que inspire un marco social y político, puede transformarse en una
“economía social de mercado” que conserve la adquisición moderna de la libertad
y de la subjetividad. Todo reduccionismo
economicista, que era poder prescindir de la ética, olvida que el capitalismo
tiene exigencias morales que la economía sola no puede producir ni proteger.
Precisamente para que la teoría de la economía social de mercado no quede en el
aire, Koslowski ha intentando complementar el subjetivismo moderno (el sentido
de la libertad del capitalismo) con una ética iusnaturalista individual y
social, es decir, fundamentarla en una síntesis de liberalismo económico e iusnaturalismo. Así se conserva la herencia
de la subjetividad moderna (la libertad económica), pero acompañada de un marco
axiológico y de sentido.
La
pregunta por la moralidad del capitalismo se centra aquí en la cuestión de la
legitimidad del proceso de automatización y neutralización socio- moral de la
economía capitalista, en el que se expresa el desarrollo del espíritu europeo
hacia la libertad, a través de la individualización,
subjetivación y racionalización. Porque su racionalización formal no fija
fines socialmente vinculantes, sino que cada individuo elige sus propios fines
particulares. La economía ya no actúa conforme a una racionalidad axiológica,
sino conforme a una racionalidad funcional, por la que se respetan todos los
fines individuales coordinándolos mediante la señal de los precios del mercado.
La racionalidad formal del mercado sirve para coordinar la multiplicidad de
individuos autónomos, instituyéndose así una nueva forma de integración social.
Por
tanto, frente al modelo mecanicista
de mercado esta ética social del capitalismo concibe el mercado como un
procedimiento de coordinación de fines
individuales, que cuenta con un marco ético, político y jurídico, y posibilita
y organiza el ejercicio de la libertad.
Además
del mercado como mecanismo de coordinación y de la eficiente asignación de
recursos, Koslowski cree necesario considerar la formación y coordinación de preferencias, porque el individualismo
económico está ligado al ético: ¿Puede transformarse las preferencias? ¿Es
posible una ética normativa de las preferencias y de la fijación individual de
fines?
El
individualismo ético kantiano responde al problema que platea la economía de
mercado, ya que cuenta con los rasgos antes señalados de la modernidad y del capitalismo:
individualización, automatización y universalización. La ética de Kant es
formal y mediadora de los fines individuales ya que intenta ofrecer un
criterio, según el cual pueda comprobarse si los fines individuales de cada uno
pueden conciliarse con los de todos los otros, igual que en el sentido de
coordinación económica a través del mercado.
A
mayor abundamiento, en el capitalismo es necesaria una ética, porque existe un
gran espacio de libertad y los valores morales (como la confianza) reducen los
“costos de transacciones”, compensan los fallos del mercado, favorecen la
integración social y contribuyen a la eficiencia económica. Por ejemplo, la
ética puede contribuir a solucionar el “dilema del gran numero” (Buchanan), un
código ético puede impedir la paradoja del asilamiento, según la cual cada uno
quiere actuar bien moralmente, si los demás también lo hacen, pero no lo hace
si teme ser el único que actúe moralmente. Por tanto, la ética transforma el
“dilema de los prisioneros” en un assurance
game”, que mejora a todos.
La
moralidad del capitalismo también se patentiza, según Koslowski, en el hecho de
que amplía la libertad individual en la distribución de bienes, ya que los
consumidores se comportan como soberanos y la producción se orienta por la
demanda. En este sentido es significativo el llamado “voto – dólar”, es decir,
el hecho de que los individuos hayan de refrendar sus preferencias con dinero
propio, lo cual les obliga a ser transparentes y responsables en sus
decisiones, pero también muestra que el mercado respeta los órdenes y la
intensidad de las preferencias y eleva las oportunidades de participación de
los individuos, dada la continuidad del proceso de decisión. (Trillones de
decisiones sin regulación central). De ahí resulta curioso, según Koslowski,
que los defensores de la democracia económica critiquen un orden de economía de
mercado, porque si los individuos no son capaces de defender su soberanía de
consumidores, ¿Cómo partir del supuesto de que defenderán mejor su soberanía de
electores?
No
obstante, una soberanía de los consumidores separada de toda norma moral y un
sistema de mercado orientado solo por necesidades subjetivistas (y la
disposición a pagar) son tan temibles como una democracia plebiscitaria sin
constitución y normas jurídicas (son temibles como la “mayoría sin reglas”).
Solo contando con preferencias fácticas, solo con el mercado puro no puede
construirse una sociedad; necesitamos instituciones y normas. El transito del
mercado a la democracia plebiscitaria (mera votación) no soluciona nada, ya que
las necesidades que no llegan al mercado tampoco emergen en el proceso de
votación “democrático”. Una buena parte de la crítica a la incapacidad de los
individuos para hacer un uso racional de su soberanía de consumidores (y, por
tanto, de electores)
Podemos
decir, siguiendo a Koslowski, que ni la libertad puede ser el único valor ni la
totalidad del orden social debe concebirse como mercado. La fundamentación de
un orden económico capitalista se basaría, por el contrario, en la capacidad
para medir la múltiple y diversa prosecución de fines individuales y en la
conexión entre libertad moral y economía.
El ethos del capitalismo consiste entonces en una trama de eficiencia en la
coordinación, libertad (de consumo, de producción y de acción) y justicia
distributiva.
La
eficacia del capitalismo democrático
En
los últimos tiempos, un nutrido número de pensadores y dirigentes del mundo
económico y político insiste igualmente en que el capitalismo no puede
subsistir sin una moral adecuada, porque la integración social exige un
arraigado sistema moral (una coherencia moral), que no pueden sustituir ni el
control político- jurídico ni la ingeniería social. Este sistema de valores
morales ha ido evolucionando, desde el puritanismo inicial al hedonismo y el
consumismo, causantes de las crisis actuales, y es hora de destacar las
aportaciones éticas que le son inherentes y que van estrechamente ligadas a su
logros históricos.
El
capitalismo, ha logrado:
1) El más alto nivel de vida material:
eficiencia progresiva, crecimiento económico “sostenido”, revolución constante
de los medios de producción de bienes mediante la economía de mercado como
sistema competitivo que estimula la creatividad y favorece el bienestar.
2) La distribución menos desigual de
riqueza
3) Mas libertad y pluralismo, porque
permite el pluralismo social y la efectiva distinción (reparto) de poderes, con
la consiguiente liberación de la tiranía.
El
capitalismo democrático, configurando por la economía de mercado, la democracia
política y el pluralismo cultural, ofrece la mediación más adecuada para
resolver los problemas económicos y políticos básicos (pobreza, eficacia,
bienestar y libertad) y, por tanto, que goza de una innegable superioridad
moral frente al colectivismo e incluso frente a ciertas ofertas de “socialismo
democrático”, que en bien poco diferirían del capitalismo democrático.
En
núcleo moral de este capitalismo, consiste en una ética que defiende la
autonomía individual como exigencias de la libertad, unas instituciones que
aseguren la integración en la modernidad capitalista (estructuras intermedias
de la sociedad civil), entre las que destacaría la empresa, y en la creación
desde esas estructuras intermedias de un nuevo “hogar público”, capaz de
integrar vital y profesionalmente a los seres humanos de las sociedades
modernas avanzadas.
Capitalismo
social y Management comunicativo
Lo
que parecía vedado a las éticas de raigambre kantiana (entrar en el ámbito
económico) lo logra junto a Rawls la ética discursiva.
La
ética discursiva pretende transformar la racionalidad económica por medio de la
racionalidad comunicativa; intenta corregir el desarrollo económico sistémico
desde la perspectiva del “mundo de la vida” e impulsar así una nueva
transformación social del capitalismo, una economía social, desde un nuevo
fundamento normativo, no utilitarista no contractualista, sino discursivo, entendido en la práctica
como “control democrático” por parte de los afectados.
Desde
esta perspectiva cree lograr una mediación entre los aspectos normativos y los fácticos, entre las ideas regulativas y las propuestas de acción
pragmáticamente realizables, porque las ideas regulativas incidan perspectivas
metódicas de progreso económico – social, que van más allá de lo “factible”
inmediatamente, pero que no han de considerarse extrañas al mundo, sino mas
bien fuerzas innovadoras de progreso históricos.
La
economía social une entonces la perspectiva del control funcional del sistema y
la del mundo de vida (orientación pragmática abierta al orden crítico –
normativo de la ética), reconciliando la modernidad económica y la moral, desde
dentro de la racionalidad económica.
Desde
esta perspectiva ya no impondrían su hegemonía ni el orden funcional (técnico)
ni el institucional – político (administrativo), sino la racionalización
comunicativa del mundo de la vida. De lo cual se espera que emerja una
“integración social comunicativa”, basada en la “comunidad de sentidos”
(consenso) y no meramente funcional, que, por su parte, una cultura empresarial
y un Management comunicativo fomentarían también en la empresa.
Esta
presunta irrupción (e institucionalización) del mundo de la vida para hacer
frente a las coerciones sistemáticas (funcionales y burocráticas) supone
rebasar la democracia representativa t basar el control democrático en la
participación de los afectados, a fin de prestar atención a sus autenticas
necesidades. En nuevo liberalismo social y el nuevo socialismo democrático
podrían inspirarse en esta “economía dialógica” y de este modo superar el
déficit de racionalidad de las socialdemocracia convencional, que combate los
fallos del sistema económico desde el sistema estatal- burocrático, cuando en
realidad ambos son subsistemas que invaden el mundo de la vida y ponen en
cuestión el sentido emancipatorio de la racionalización social moderna.
Esta
economía social adolece de graves deficiencias en el orden de la aplicación,
porque no presenta las pertinentes mediaciones técnicas e institucionales que
permitirán poner en marcha los propósitos de esta ética económica dialógica, ni
aclarar suficientemente que significa “control democrático” de la economía, ni quiénes
son los afectados en cada caso, ni como se puede institucionalizar semejante
cosa sin aumentar todavía más la burocratización de la sociedad y un cierto
colectivismo ineficiente.
Este
enfoque podría contribuir como pocos a inspirar nuevas políticas sociales, a
impulsar Nuevo Orden Económico Mundial y a promover en este contexto una
prometedora “ética de la empresa” y de los negocios. Esta nueva ética
empresarial comunicativa sería capaz de insertar la autorreflexión crítica
sobre los contenidos éticos en las deliberaciones sobre las estrategias
alternativas a las que se enfrentan el Management en su función directiva y
gerencial.